jueves, 6 de junio de 2013

Derechos antigumping importaciones bicicletas origen China


1.- Reglamento (UE) Nº 502/2013 de 29/05/13 que modifica el Reglam de Ejecución (UE) 990/2011 por el cual se adopta un derecho antidumping definitivo respecto a las importaciones de bicicletas originarias de la República  Popular China:

• Hs code afectados: NC 87120030 / 87120070

• Tipo derecho general para las empresas: 48.5 % excepto 3 fabricantes con derechos individuales.

• Se mantiene la ampliación del antidumping respecto a determinadas piezas de bicicletas origen China.

• Entrada en vigor: 06.06.2013

2.- Reglamento (UE) Nº 501/2013 de 29/05/13 por el cual se amplia el derecho antidumping a las importaciones de bicicletas procedentes de Indonesia, Malasia, Sri Lanka i Tunez hayan sido declaradas o no de estos orígenes.

Atentamente,

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