1.- Reglamento (UE) Nº 502/2013 de 29/05/13 que modifica el Reglam de Ejecución (UE) 990/2011 por el cual se adopta un derecho antidumping definitivo respecto a las importaciones de bicicletas originarias de la República Popular China:
• Hs code afectados: NC 87120030 / 87120070
• Tipo derecho general para las empresas: 48.5 % excepto 3 fabricantes con derechos individuales.
• Se mantiene la ampliación del antidumping respecto a determinadas piezas de bicicletas origen China.
• Entrada en vigor: 06.06.2013
2.- Reglamento (UE) Nº 501/2013 de 29/05/13 por el cual se amplia el derecho antidumping a las importaciones de bicicletas procedentes de Indonesia, Malasia, Sri Lanka i Tunez hayan sido declaradas o no de estos orígenes.
Atentamente,
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