viernes, 23 de septiembre de 2011

Nueva normativa sobre la seguridad de los juguetes

Apreciados,

En fecha 31/08/2011 se publicó en el BOE el Real Decreto 1205/2011, de 26 de agosto, sobre la seguridad de los juguetes el cual entró en vigor el pasado 01/09/2011 y el cual es transposición de la Directiva 2209/48/CE publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea con fecha 30/06/2009.

Este RD establece las normas de seguridad de los juguetes aplicándose a los productos diseñados para ser utilizados con fines de juegos por niños menores de 14 años así como su libre circulación.

A continuación les detallamos algunos de los principales aspectos más importantes:

- Se clarifica el ámbito de aplicación y se establece en el Anexo I una serie de excepciones como son: las muñecas populares y decorativas, las reproducciones de armas de fuego reales, etc.

- Se clarifican las obligaciones de los agentes intervinientes: por ejemplo, se considerará fabricante al importador o distribuidor que ponga su nombre o marca comercial así que asume todas las responsabilidades de los fabricantes.

- El importador se debe asegurar que el fabricante marca en el juguete la referencia, tipo, lote, serie o modelo del juguete.

- Indicar los datos de identificación en el etiquetado.

- Indicar las instrucciones e información de seguridad al menos en castellano

- Se precisará también declaración de conformidad, informes técnicos del juguete, Certificado CE de tipo según casos y marcado CE visible, legible e indeleble.


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